El Observatorio de RSC realizó el pasado jueves, en ICADE, el debate “Diálogos para la Acción” sobre la Gobernanza en la empresa. En esta ocasión, el coloquio partió como base del documento elaborado por el propio Observatorio en diciembre de 2014: “Responsabilidad Social Corporativa y su implicación en la gobernanza de la empresa”. Los ponentes fueron Christi Amesti Medizábal, profesora de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, José Ángel Moreno, miembro del patronato de Economistas sin Fronteras, y Mario Enrique Sánchez Ritcher, economista de la Secretaría Confederal de Protección Social y Políticas Públicas, CC.OO. Por su parte, Marcos de Castro, del Observatorio de RSC, fue el encargado de moderar y dirigir el debate.
El coloquio se dividió en 3 grandes bloques que dieron respuesta a 3 grandes preguntas:
- ¿Cómo se entiende la gobernanza en España?
- ¿Qué lugar ocupa la gobernanza en los códigos de conducta?
- ¿Qué relación guarda la gobernanza con la Responsabilidad Social Empresarial?
¿Cómo se entiende la gobernanza en España?
Partiendo de la base de que en España se entiende como buena gobernanza la relación transparente entre gestores (directivos) e inversores (accionistas). Sin embargo, se trata de un concepto mucho más amplio que afecta a toda la forma de gestionar la empresa, incluyendo tanto su relación con las personas como con el medio ambiente.
José Ángel Moreno afirmó que no se pude concebir la gobernanza exclusivamente como la subordinación de los directivos a los accionistas: “como el capital no es sólo financiero, se debe velar por todos los intereses de la empresa y no sólo enfocarse en una de sus partes. El futuro se encuentra en un modelo de gobierno que luche por la óptima creación de valor compartido”.
Tras estas declaraciones, Mario Enrique Sánchez Ritcher tomó la palabra para remarcar que la transparencia debe ser regulada, ya que las organizaciones no sólo se deben a los accionistas sino también al resto de agentes de la sociedad.
A su vez, Christi Amesti Mendizábal quiso hacer mención a la diferencia existente entre las grandes empresas y las Pymes, afirmando que no se les puede exigir las mismas responsabilidades. Además, comparó la legislación española con el resto de normas europeas, evidenciando que en países como Francia los conceptos “RSE” y “gobernanza” están perfectamente institucionalizados y la relación existente entre administración y accionistas está mucho más regulada.
¿Qué lugar ocupa la gobernanza en los códigos de conducta? ¿Qué pasa si no se cumplen?
La normativa española que regula los códigos de conducta, se centra en que los directivos han de proporcionar información clara y transparente a los accionistas sobre temas específicos de la gestión. Sin embargo, no entra en la necesidad de informar si hay riesgos que puedan afectar a la compañía, como el clima laboral o la insensibilidad medioambiental. El hecho de que regule lo evidente, como la aportación de datos fiables, hace sospechar que antes no se estaba realizando correctamente.
Ante este interrogante, Christi Amesti tomó partido asegurando que la buena gobernanza debería aportar muchas más cosas que sólo ceñirse a cumplir la ley. Pero primero, habría que definir claramente qué es gobernanza, qué es ética y qué es RSE.
Para José A. Moreno en nuestro país los códigos de buen gobierno no son utilizados como herramientas de gestión, sino, más bien, como meras recomendaciones carentes de fuerza cuyo incumplimiento no se castiga con severidad.
Mario E. Sánchez cerró esta cuestión remarcando que pese a la existencia de códigos de conducta participativos, no suele hablarse de conceptos ligados a los trabajadores: “los códigos de buen gobierno deberían afectar de manera global a toda la empresa, incluidos accionistas y empleados”.
¿Qué relación guarda la gobernanza con la Responsabilidad Social Empresarial?, ¿Se trata de conceptos integrados?
Aunque supusiéramos que el informe de Gobernanza fuera realizado por todas las empresas del IBEX cumpliendo con todo lo que está regulado, no es tan evidente que las empresas se estén tomando en serio la RSC.
Ante todas estas cuestiones, Mario E. Sánchez concluyó que la RSE debe ir más allá de la gobernanza, sobre todo cuando se trata de multinacionales. Por su parte, José A. Moreno remarcó que los propietarios de la empresa no son sólo los accionistas, ya que esta está formada por la colaboración del capital financiero y humano, y dicho capital no es propiedad de los accionistas. Los propietarios del capital humano son directivos, proveedores, trabajadores e incluso, en ocasiones, clientes. En cierta medida son copropietarios de la compañía y tienen derecho a la gobernanza de la misma: “no sólo los accionistas aportan capital y asumen riesgos en la empresa”.
Según Christi Amesti, los informes deberían ser más claros y deberían estar recogidos en un único documento, que facilitara las cosas no sólo a los profesores, sino también a los auditores y a los trabajadores. Además, quiso puntualizar que “hoy en día la independencia de los auditores no está garantizada en absoluto” y estos deberían trabajar sin verse sometidos a las presiones políticas.
Para finalizar la mesa redonda, los ponentes contestaron las preguntas de los asistentes al evento y concluyeron afirmando que, pese a que la gobernanza está avanzando, habría que revisar las normas reguladoras, reforzar las facultades del supervisor y revisar la función del auditor.
El Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa, es una organización sin ánimo de lucro que nace en el año 2004 de la mano de varias organizaciones de la sociedad civil con el objetivo de trabajar en el impulso de la correcta aplicación de la responsabilidad social corporativa