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Facebook/Whatsapp: análisis de competencia en la nueva economía digital (ii)

Continúo con mi post de ayer en el que daba mi opinión sobre la decisión de la Comisión Europea de aprobar la compra de WhatsApp por Facebook.

Enrique Medina
Chief Policy Officer

Continúo con mi post de ayer en el que daba mi opinión sobre la decisión de la Comisión Europea de aprobar la compra de WhatsApp por Facebook.

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Mostraba mi preocupación porque dicha operación inicialmente no fuera a ser analizada por Bruselas: la aplicación de las reglas sobre umbrales de ingresos excluía su análisis. Creo que ello merece una revisión para abordar la realidad de muchos modelos de negocio en Internet, la relevancia de los datos de los usuarios y el valor de los mismos.

En segundo lugar, me sorprendía la aprobación de la operación en primera fase y enumeré tres motivos, que ahora paso a analizar en mayor profundidad, por lo que considero que la apertura de una segunda fase hubiese sido la resolución más acertada:

Primero, la definición de mercados. La Comisión se encontró con el dilema. Considerar a las redes sociales como un mercado separado del de las aplicaciones de comunicación de usuarios (mensajería instantánea y servicios similares) o definir un único mercado en el que ambas partes de la operación estarían en competencia. La evolución tecnológica junto con la de los patrones de uso están resultando en la convergencia de ambos servicios, y las conversaciones que se realizaban mayoritariamente en las redes sociales se están trasladando a las herramientas de mensajería instantánea: los usuarios cada vez intercambian más mensaje de texto, vídeo, fotos e incluso voz a través de WhatsApp y en detrimento de Facebook. Las aplicaciones de comunicación de usuarios están teniendo un efecto sustitutivo sobre las redes sociales.

En cierto modo son también servicios complementarios en la medida en que algunos usuarios tienen disponibles en sus terminales ambos servicios. La realidad es que resulta difícil discernir entre su efecto sustitutivo o complementario ya que aunque los usuarios mantengan ambas aplicaciones pueden que no usen todas o que no las usen con la misma intensidad. Se necesitaría pues un análisis en profundidad para poder determinar si ambas compañías compiten o no en el mismo mercado. Sin embargo, la Comisión ha decidido no hacerlo y dejar el debate abierto considerando que el análisis competitivo sería similar en ambos casos, apreciación con la que estamos en absoluto desacuerdo, puesto que de ser competidores Facebook y WhatsApp en el mismo mercado la operación produciría efectos anticompetitivos que deberían solucionarse.

Segundo, la afectación de la competencia efectiva. Ello tanto si se define un único mercado como si se definen dos mercados separados, el de las redes sociales y el de las aplicaciones de comunicaciones de usuarios. En ambos casos, los efectos de la operación podrían ser graves: de definirse mercados separados, se estaría produciendo una concentración de dos operadores con supuestas posiciones de dominio en sus respectivos mercados estrechamente relacionados, lo que otorgaría la capacidad a ambos operadores de apalancarse mutuamente y reforzar dichas posiciones en ambos mercados; de definirse un único mercado, Facebook estaría comprando a su principal competidor. En ambos casos, el efecto red –cuantos más usuarios hay en la plataforma o ecosistema, más valor tiene para el usuario– unido a la falta de interoperabilidad y de portabilidad de los datos de usuario, podría potenciar la cautividad de los usuarios y, por tanto, restringir la competencia efectiva.

La Comisión no comparte esta conclusión porque, en nuestra opinión, hace un análisis simplista y falto de datos y detalles:

i) no hace un adecuado análisis de cuotas de mercado y de la posición de ambas empresas en el/los mercado/s;

ii) considera que Facebook y WhatsApp no son realmente competidores porque prefiere, sin justificación convincente, centrarse en las diferencias en sus servicios en vez de en las similitudes, como por ejemplo las funcionalidades que permiten, factor que es considerado sin embargo por la propia Comisión como uno de los drivers de las dinámicas competitivas en esos mercados;

iii) la Comisión subestima, sin un análisis detallado, los efectos de red en estos mercados y considera que circunstancias mitigantes (de difícil aplicación alguna de ellas, como lo ocurrido en el pasado) los compensan; más aún, no se hace un análisis sobre la interactuación de efectos de red y falta de interoperabilidad y portabilidad de los datos;

iv) incluso se subestima la posible integración de ambos servicios, por poco probable y porque sus efectos se menosprecian, basándose en datos y argumentaciones poco fiables. Consecuentemente, entendemos que se debería haber abierto una segunda fase para realizar un análisis en profundidad y determinar si la unión de ambas compañías podría generar efectos tan negativos.

Y finalmente, la afectación a otros mercados como el de publicidad online o el de los Sistemas Operativos móviles, mercados en lo que los efectos de la operación no parecen desdeñables.

La posición de Facebook en el mercado de publicidad online se vería notablemente reforzada gracias a la adquisición de WhatsApp, compañía que le proporcionaría datos de aproximadamente 600 millones de usuarios. Facebook es el segundo operador a nivel mundial en el mercado de la publicidad online, posición que sería de dominio si se definiera un mercado más estrecho de publicidad online para redes sociales. Siendo esta definición más que probable dada la gran capacidad de personalización de la publicidad online que permiten las redes sociales, la Comisión prefiere dejarlo abierto y ni tan siquiera hacer un análisis de efectos en el caso de que tal definición de mercado se admitiera, pero sin embargo sí afirma que el análisis competitivo sería el mismo cualquiera que fuera la definición de mercado.

Parece difícil llegar a tal conclusión sin haber analizado los efectos ante una de las dos definiciones. Tampoco mercados relacionados como el de los juegos online, el comercio electrónico o los mercados relacionados con los datos de usuario (como por ejemplo el “data analytics”) son analizados.

El mercado de los Sistemas Operativos móviles se ve afectado determinantemente por aplicaciones como WhatsApp, apoyadas en el ya comentado efecto de red. En un mercado en duopolio, controlado por Android e iOS, la disponibilidad de una aplicación como WhatsApp, un “must have” para los usuarios, en un Sistema Operativo móvil como Firefox, un nuevo entrante en el mercado, puede resultar la diferencia entre el éxito y el fracaso.

La decisión, ahora en manos de Facebook, de desarrollar WhatsApp para Firefox puede ser un elemento determinante para que los usuarios compren terminales con dicho SO móvil; en caso contrario, las probabilidades de éxito de Firefox podrían resultar muy limitadas. Entendemos, por tanto, que los efectos en el mercado de los Sistemas Operativos móviles deberían cuando menos haber sido analizados con detenimiento, pero la Comisión ni tan siquiera menciona esta cuestión.

Aunque admitamos como probable la aprobación de la operación también en segunda fase, ¿no eran acaso estas cuestiones dignas de, al menos, un análisis en profundidad?

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